Uno de los principales beneficios del renting de vehículos es su naturaleza tributaria. ¿Por qué? Al tratarse de un arrendamiento operativo, se toma como un canon mensual 100% deducible del impuesto de renta.(no aplica para personas naturales)
Por esta razón, ningún usuario como persona natural o empresa, deberá endeudarse a nivel financiero ni reconocer los vehículos como activos propios.
Ten en cuenta que el valor mensual que pagas en un vehículo bajo el modelo de Renting, corresponde a un gasto que, en términos tributarios, se llama deducción y es completamente extraíble de la renta.
Además de la exención al impuesto de renta, el renting no afecta la capacidad de endeudamiento, lo que permite alivianar las cargas financieras.